Después del verano hay muchas personas que se plantean cambiar de trabajo y establecerse por su cuenta, ya sea siendo autónomo trabajador ó constituyendo una empresa.
Para todas estas personas que os planteáis esta posibilidad, una de las primeras dudas que os surgen es saber ¿cuánto paga un autónomo de cuota de Seguridad Social?
Pues bien, lo primero que tenemos que diferenciar es cómo te vas a constituir por cuenta propia:
– Si vas a ser autónomo trabajador, la actual cuota mínima de autónomos es de 278,87 euros/mes.
– Si vas a constituir una empresa, deberás ser autónomo societario, y como tal tu cuota mínima es de 357 euros/mes.
¡¡¡Pero no os asustéis!!!, existen reducciones y bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social para hacer un poco más llevadera la situación. Por eso, en este post pasamos a detallar cada uno de los casos en los que los autónomos tienen derecho a bonificaciones en la cuota.
TARIFA PLANA PARA NUEVOS AUTÓNOMOS
- Beneficiarios: Nuevos autónomos.
- Requisitos para disfrutarla: Darse de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ó no haber estado de alta como autónomo en los últimos 2 años (3 si ya has disfrutado de bonificación).
- Duración: 24 meses, pudiendo llegar a 36 en algunos casos.
- Características: Disfrutar de una cuota reducida de 50 euros/mes durante un año para los autónomos que coticen por la base mínima ó un 80% de reducción para aquellos que coticen por una base superior. Después del primer año, se aplican una serie de reducciones por tramos: entre los meses 12 a 18 se aplica un 50% de reducción (139,43 euros/mes a pagar) y del mes 18 al 24 un 30% de reducción.
Tarifa plana para autónomos menores de 30 y autónomas menores de 35
- Beneficiarios: Autónomos menores de 30 y autónomas menores de 35.
- Requisitos para disfrutarla: Darse de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ó no haber estado de alta como autónomo en los últimos 2 años (3 si ya has disfrutado de bonificación).
- Duración: 12 meses.
- Características: Disfrutar de la tarifa plana de autónomos durante un tercer año adicional. A su término, se le aplicará una bonificación del 30% de la cuota al autónomo durante un año.
Tarifa plana para madres autónomas reincorporadas al RETA
- Beneficiarios: Madres autónomas.
- Requisitos para disfrutarla: Reincorporarse al trabajo por cuenta propia en los 2 años siguientes al cese de la actividad motivada por la maternidad.
- Duración: 12 meses.
- Características: Disfrutar de la cuota de autónomos de 50 euros/mes durante un año.
CUOTA REDUCIDA DE AUTÓNOMOS POR PLURIACTIVIDAD
- Beneficiarios: Nuevos autónomos en situación de pluriactividad, es decir, que trabajen por cuenta propia y ajena.
- Requisitos para disfrutarla: Los mismos que en la tarifa plana general: darse de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ó no haber estado de alta como autónomo en los últimos 2 años (3 si ya has disfrutado de bonificación).
- Duración: 36 meses.
- Características: Posibilidad de elección en el momento del alta y durante 18 meses de una base de cotización comprendida entre el 50% de la base mínima de cotización y la base máxima. En los siguientes 18 meses, se podrá optar por una base comprendida entre el 75% de la base mínima y la base máxima.
CUOTA REDUCIDA DE AUTÓNOMOS CON DISCAPACIDAD
- Beneficiarios: Nuevos autónomos que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Requisitos para disfrutarla: Los mismos que en la tarifa plana general, pero además previamente al alta, el interesado tiene que notificar el reconocimiento de la discapacidad.
- Duración: 50 meses.
- Características: Disfrutar de una cuota reducida de 50 euros/mes durante un año para los autónomos que coticen por la base mínima ó un 80% de reducción para aquellos que coticen por una base superior. Después del primer año y durante 48 meses los beneficiarios disfrutarán de una bonificación del 50% sobre la cuota por contingencias comunes, independientemente de la base de cotización elegida.
CUOTA REDUCIDA PARA FAMILIARES COLABORADORES
- Beneficiarios: Nuevos autónomos colaboradores, es decir, familiares hast segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, cónyuges…).
- Requisitos para disfrutarla: Los mismos que en la tarifa plana general, pero además el autónomo colaborador tiene que ser familiar directo, vivir o estar a cargo del autónomo y no cotizar en el Régimen General de Seguridad Social.
- Duración: 36 meses.
- Características: Disfrutar de una bonificación del 50% en la cuota si cotizas por la base mínima durante 18 meses. Después de los 18 meses, disfrutarás de una bonificación de un 25% durante otros 12 meses.
Esperamos haberte aclarado un poco más cuánto vas a pagar por tu cuota de autónomos. Ya sabes que para cualquier duda puedes CONTACTAR con nosotros y estaremos encantados de solucionártelo. Además, si necesitas ayuda con el alta ó la gestión de tus impuestos, LLÁMANOS o deja tus datos y nosotros nos pondremos en contacto contigo.